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Requisitos de dominios MX |
Los dominios con terminación .net.mx, .edu.mx y .gob.mx tienen requisitos especiales para su registro.
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Reservados para:- Instituciones de Educación que cuenten con un registro ante la SEP o se encuentren incorporadas a alguna Universidad reconocida por el Estado Mexicano;
- Escuelas de Capacitación Laboral o Educación técnica acreditadas por alguna Oficina competente del Gobierno Mexicano;
- Instituciones dedicadas a la Educación preescolar que cuenten con un registro ante al SEP o se encuentren incorporadas a alguna Universidad reconocida por el Estado Mexicano;
- Instituciones dedicadas a la investigación que cuenten con el registro ante el CONACYT.
REQUISITOS:- El solicitante deberá cumplir con los requisitos dispuestos en el punto III.a.
- Enviar copia del Registro ante la SEP o copia del periódico o diario oficial que lo acredite de acuerdo al caso especifico; o en su caso, copia del registro ante el CONACYT.
- Enviar una carta membretada de la institución educativa en donde solicite el Nombre de Dominio.
- Copia de una identificación oficial del representante legal que firme la carta.
El Nombre de Dominio solicitado debe tener relación, a juicio del Registrar, con el nombre de la organización (nombre registrado ante el instituto oficial de educación correspondiente).
Posteriormente, en un plazo menor a diez (10) Días, el Registrar deberá recibir los documentos vía correo postal o mensajería para la activación del Nombre de Dominio solicitado. De no recibir los documentos en el período establecido, la solicitud del Nombre de Dominio será rechazada y la documentación recibida será destruida.NOTA: La entidad que registre el Nombre de Dominio será la única autorizada para realizar modificaciones en el mismo.
NOTA: Cualquier otra organización no incluida en la presente columna no podrá ser registrada bajo ésta categoría.
Reservados para:
- Organizaciones legalmente constituidas en México sin fines de lucro;
- Sociedades y Asociaciones Civiles constituidas legalmente en México;
- Personas Físicas establecidas en México, que acrediten el uso del Nombre de Dominio sin fines de lucro;
- Organismos Internacionales sin fines de lucro establecidos en México;
- Organismos No Gubernamentales constituidas en México;
- Embajadas y consulados de países extranjeros establecidos en el territorio nacional Mexicano;
- Partidos Políticos y asociaciones de carácter político;
- Asociaciones religiosas;
- Instituciones dedicadas a la educación de personas con capacidades diferentes;
- Instituciones de beneficencia privada;
- Fideicomisos de carácter privado.
REQUISITOS:- El solicitante deberá cumplir con los requisitos dispuestos en el punto III.a.
- El Registrar podrá solicitar al Titular del Nombre de Dominio cualquier documentación que considere necesaria para verificar el cumplimiento pleno de las presentes Políticas.
- Copia de una identificación oficial de la persona que firme la carta.
En caso de que el Registrar solicite alguna documentación las personas morales, deberán enviar documento que compruebe la calidad señalada en la columna anterior y en caso de las personas físicas, enviar una carta señalando que las actividades que realizan son primordialmente actividades sin fines de lucro.
El envío de los documentos deberá realizarse en un plazo menor a diez (10) Días vía correo postal.NOTA: Cualquier otra organización no incluida en la presente columna no podrá ser registrada bajo ésta categoría.
Reservados para:- Gobierno Federal, Estatal y Municipal, Secretarias y Dependencias, Programas Gubernamentales, Organismos centralizados, descentralizados, desconcentrados, autónomos y Organismos paraestatales de la Administración Pública del Gobierno Mexicano;
- Empresas Estatales y paraestatales del Gobierno Mexicano;
- Embajadas de México;
- Fideicomisos de carácter público.
REQUISITOS:- El solicitante deberá cumplir con los requisitos dispuestos en el punto III.a.
- Carta con membrete de la entidad del Gobierno Mexicano en donde solicite el Nombre de Dominio, firmada por un representante legal.
- Copia del nombramiento de la persona que firma la carta en donde se solicita el Nombre de Dominio.
- Copia de una identificación oficial del representante legal que firme la carta.
Posteriormente, en un plazo menor a diez (10) Días, el Registrar deberá recibir los documentos originales vía correo postal o mensajería para la activación del Nombre de Dominio solicitado. De no recibir los documentos en el período establecido, la solicitud del Nombre de Dominio será rechazada y la documentación recibida será destruida.
NOTA: La entidad que registre el Nombre de Dominio será la única autorizada para realizar modificaciones en el mismo.
NOTA: Cualquier otra organización no incluida en la presente columna no podrá ser registrada bajo ésta categoría.
Reservados para:- Proveedor de Servicios de Internet;
- Proveedor de servicios de valor agregado;
- Proveedor de servicios de red inalámbrica;
- Prestador de servicios de transmisión de datos;
- Prestador de servicios especiales de telecomunicaciones
REQUISITOS- El solicitante deberá cumplir con los requisitos dispuestos en el punto III.a.
- Enviar una copia de registro ante la Comisión Federal de Telecomunicaciones como proveedor de los servicios antes mencionados.
- Proporcionar una carta membretada en donde se solicite el Nombre de Dominio y se mencione la información de los servicios que ofrecen.
- Copia de una identificación oficial de la persona que firme la carta.
- El Nombre de Dominio solicitado debe tener relación, a juicio del Registrar, con el nombre de la organización (nombre registrado ante la Comisión Federal de Telecomunicaciones).
Posteriormente, en un plazo menor a diez (10) Días, el Registrar deberá recibir los documentos vía correo postal o mensajería para la activación del Nombre de Dominio solicitado. De no recibir los documentos en el período establecido, la solicitud del Nombre de Dominio será rechazada y la documentación recibida será destruida. NOTA: Cualquier otra organización no incluida en la presente columna no podrá ser registrada bajo ésta categoría.
Éste dominio puede ser registrado por cualquier persona física o moral.